Decreto único

Conforme a la política de transparencia que lidera el Gobierno Nacional y teniendo en cuenta el Documento CONPES 3816 del 2 de Octubre de 2014 "Mejora Normativa: Análisis de Impacto", se expidió el Decreto Reglamentario Único del Sector Administrativo de Minas y Energía 1073 de 2015.

Decreto Número 1073 26 Mayo de 2015
"Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía"

El Presidente de la República de Colombia En desarrollo de la facultad contenida en el numeral 11 del Artículo 189 de la Constitución Política y,

Considerando

  • Que la producción normativa ocupa un espacio central en la implementación de políticas públicas, siendo el medio a través del cual se estructuran los instrumentos jurídicos que materializan en gran parte las decisiones del Estado.
  • Que la racionalización y simplificación del ordenamiento jurídico es una de las principales herramientas para asegurar la eficiencia económica y social del sistema legal y para afianzar la seguridad jurídica.
  • Que constituye una política pública gubernamental la simplificación y compilación orgánica del sistema nacional regulatorio.
  • Que la facultad reglamentaria incluye la posibilidad de compilar normas de la misma naturaleza.
    Que por tratarse de un decreto compilatorio de normas reglamentarias preexistentes, las mismas no requieren de consulta previa alguna, dado que las normas fuente cumplieron al momento de su expedición con las regulaciones vigentes sobre la materia.
  • Que la tarea de compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario implica, en algunos casos, la simple actualización de la normativa compilada, para que se ajuste a la realidad institucional y a la normativa vigente, lo cual conlleva, en aspectos puntuales, el ejercicio formal de la facultad reglamentaria.
  • Que en virtud de sus características propias, el contenido material de este decreto guarda correspondencia con el de los decretos compilados; en consecuencia, no puede predicarse el decaimiento de las resoluciones, las circulares y demás actos administrativos expedidos por distintas autoridades administrativas con fundamento en las facultades derivadas de los decretos compilados.
  • Que la compilación de que trata el presente decreto se contrae a la normatividad vigente al momento de su expedición, sin perjuicio de los efectos ultractivos de disposiciones derogadas a la fecha, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 153 de 1887.
  • Que por cuanto este decreto constituye un ejercicio de compilación de reglamentaciones preexistentes, los considerandos de los decretos fuente se entienden incorporados a su texto, aunque no se transcriban, para lo cual en cada artículo se indica el origen del mismo.
  • Que las normas que integran el Libro 1 de este Decreto no tienen naturaleza reglamentaria, como quiera que se limitan a describir la estructura general administrativa del sector.
  • Que durante el trabajo compilatorio recogido en este Decreto, el Gobierno verificó que ninguna norma compilada hubiera sido objeto de declaración de nulidad o de suspensión provisional, acudiendo para ello a la información suministrada por la Relatoría y la Secretaría General del Consejo de Estado.
  • Que con el objetivo de compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen en el sector y contar con un instrumento jurídico único para el mismo, se hace necesario expedir el presente Decreto Reglamentario Único Sectorial.
    Por lo anteriormente expuesto,

LIBRO 1.
ESTRUCTURA DEL SECTOR MINERO ENERGÉTICO

Parte 1. Sector Central
Título 1. Cabeza del sector

Parte 2. Sector Descentralizado
Título 1. Entidades adscritas
Título 2. Entidades vinculadas

LIBRO 2.
RÉGIMEN REGLAMENTARIO DEL SECTOR MINERO ENERGÉTICO

Parte 1. Disposiciones Generales
Título 1. Objeto y ámbito de aplicación

Parte 2.
Reglamentaciones

Título I.
DEL SECTOR DE HIDROCARBUROS

Capítulo 1. Actividades

Sección 1 Exploración y explotación de hidrocarburos

Sección 2 Distribución de combustibles

Capítulo 2. Aspectos Económicos

Título II. DEL SECTOR DE GAS

Capítulo 1. Generalidades
Capítulo 2. Aseguramiento del Abastecimiento de Gas Natural
Capítulo 3. Transporte de Gas Natural
Capítulo 4. Distribución
Capítulo 5. Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural
Capítulo 6. Comercialización de Gas Natural

Sección 1. Comercialización gas natural comprimido vehicular

Capítulo 7. Del abastecimiento de gas Licuado del petróleo, glp

Título III. SECTOR DE ENERGÍA ELECTRICA

Capítulo 1. Generalidades.
Capítulo 2. Actividades principales y complementarias del sector eléctrico
Sección 1. Generación, transmisión, distribución y comercialización
Sección 2. Políticas y directrices relacionadas con el aseguramiento de la cobertura del servicio de electricidad
Sección 3. Procedimiento para la contratación de áreas de servicio exclusivo para la prestación del servicio público de energía eléctrica en las zonas no interconectadas
Sección 4. Lineamientos de política energética en materia de entrega de excedentes de autogeneración
Sección 5. Políticas generales en relación con la actividad de comercialización del servicio de energía eléctrica
Sección 6.De los subsidios y contribuciones

Capítulo 3. De los Fondos Eléctricos

Sección 1. FAER
Sección 2. Fondo de apoyo financiero para la energización de las zonas no interconectadas – FAZNI

Sección 3. Prone.

Sección 4. Fondo de energía social – FOES

Subsección 4.1 Esquemas diferenciales de prestación del servicio en áreas o zonas especiales
Subsección 4.2 Suscriptor comunitario
Subsección 4.3 Recursos del fondo de energía social (FOES)

Capitulo 4. Procedimiento de amparo policivo para las empresas de servicios públicos

Capitulo 5. Organismos

Sección 1 Aspectos relacionados con el consejo nacional de operación
Sección 2 Consejo nacional de técnicos electricistas – CONTE

Capitulo 6. Aspectos generales del servicio público de energía

Sección 1. Del alumbrado público
Sección 2. Del uso racional y eficiente de la energía

Sección 3. Medidas tendientes al uso racional y eficiente de la energía eléctrica
Sección 4. Practicas con fines de uso racional y eficiente de energía eléctrica

Capitulo 7. De las obras de generación de energía eléctrica

Sección 1. Impuestos, compensaciones y beneficios
Sección 2. Disposiciones varias
Sección 3. Expropiaciones y servidumbres
Sección 4. Declaración de utilidad pública

Sección 5. De las expropiaciones y servidumbres

Capitulo 8. Promoción, desarrollo y utilización de las fuentes no convencionales de energía – FNCE

Sección 1. Generalidades
Sección 2. Deducción especial sobre el impuesto de renta y complementarios
Sección 3. Exclusión del IVA
Sección 4. Exención de gravamen arancelario
Sección 5. Régimen de depreciación acelerada
Sección 6. Adecuación de trámite
Sección 7. Lineamientos de política pública para la contratación a largo plazo de proyectos de generación de energía eléctrica

Titulo IV. DE LA ENERGÍA NUCLEAR

Capitulo 1. Políticas y Directrices Relacionadas con la Energía Nuclear

Titulo V. DEL SECTOR MINERO

Capitulo 1. Disposiciones generales

Sección 1. Aspectos técnicos
Sección 2. Catastro minero colombiano
Sección 3. Sistema de información minera
Sección 4. Aspectos procedimentales

Capitulo 2. Contrato de concesión

Sección 1. Concesiones concurrentes
Sección 2 De la prórroga

Capitulo 3. Zonas excluidas y restringidas de la minería

Sección 1. Participación de las autoridades territoriales

Sección 2 Áreas de reserva especial

Capitulo 4. De la formalización minera

Sección 1. Definiciones y condiciones generales

Sección 2. Subcontrato de formalización minera

Capitulo 5. Proyectos mineros especiales

Sección 1. Los contratos especiales de concesión minera
Sección 2. Minerales de interés estratégico

Capitulo 6. De la lucha contra la minería ilegal

Sección 1. Legalización minera

Capitulo 7. Comercialización

Sección 1. RUCOM

Capitulo 8. Aspectos económicos y tributarios

Capitulo 9. Reservas especiales indígenas

LIBRO 3. DISPOSICIONES FINALES

Derogatoria y Vigencia