ANH suspende por seis meses la aplicación de obligaciones de telemetría para producción de hidrocarburos
Sept. 30, 2026, Bogotá D.C.. Source: Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH
Sector: Telemetría y fiscalización
La Resolución ANH N°0592 de 2026 suspende temporalmente aplicación del artículo 4 de la Resolución ANH N°0651 de 2025, que establece plazos y obligaciones relacionados con la implementación de telemetría y captura automatizada de datos para el monitoreo de la producción de hidrocarburos en el país.
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) expidió la Resolución 0592 de 2026, mediante la cual suspende temporalmente la aplicación del artículo 4 de la Resolución 0651 de 2025, norma que establece los plazos y obligaciones relacionadas con la implementación de sistemas de telemetría y captura automatizada de datos para el monitoreo de la producción de hidrocarburos en el país.
La medida entrará en vigor el 30 de septiembre de 2026 y tendrá una duración de seis meses, hasta el 29 de marzo de 2027, período durante el cual se adelantarán mesas técnicas y actividades de revisión para ajustar aspectos identificados durante el proceso de implementación de estas tecnologías.
La decisión responde a las conclusiones de una mesa de trabajo realizada el pasado 15 de septiembre de 2026, en la que participaron empresas operadoras del sector, la Asociación Colombiana del Petróleo y Gas (ACP) y ECOPETROL S.A., entre otros actores. Durante la jornada se evidenciaron desafíos técnicos, operativos y de interoperabilidad que requieren análisis adicional para garantizar una aplicación eficiente de los sistemas de medición y monitoreo exigidos por la regulación.
La suspensión busca generar las condiciones necesarias para revisar y validar los requerimientos tecnológicos asociados a la captura, transmisión y aseguramiento de la información de producción, con el objetivo de que los sistemas implementados garanticen datos oportunos, íntegros, trazables y confiables para el ejercicio de las labores de fiscalización.
La medida tiene carácter temporal y no implica la derogatoria ni modificación de la Resolución 0651 de 2025, ni de las resoluciones que la han ajustado posteriormente. En consecuencia, las demás disposiciones, anexos técnicos y lineamientos contenidos en esa regulación continuarán vigentes y serán de obligatorio cumplimiento en todo aquello que no haya sido expresamente suspendido.
De igual forma, la suspensión aplica exclusivamente sobre los efectos jurídicos relacionados con los plazos y obligaciones cuya exigibilidad depende directamente del artículo 4 de la Resolución ANH N° 0592 de 2026. Esto significa que las competencias de fiscalización de la ANH en materia de exploración y explotación de hidrocarburos permanecen plenamente vigentes.
La regulación objeto de suspensión forma parte de la estrategia institucional para modernizar los mecanismos de seguimiento a la producción de hidrocarburos mediante tecnologías de información y operación (IT/OT), promoviendo la automatización, trazabilidad y transmisión en tiempo real de datos operacionales. Estas disposiciones habían sido ajustadas previamente mediante las Resoluciones ANH 0708 y 0885 de 2025, así como las Resoluciones ANH 0052 y 0101 de 2026.
Según lo establecido en la Resolución, antes de finalizar el período de suspensión la ANH evaluará los resultados de las mesas técnicas y definirá, mediante un nuevo acto administrativo, si reactiva la aplicación del artículo suspendido, introduce modificaciones o adopta nuevas medidas regulatorias. Asimismo, la entidad podrá reactivar las obligaciones antes del plazo previsto si considera que las causas que motivaron la suspensión han sido superadas.
Con esta decisión se busca fortalecer el proceso de transformación tecnológica del sector hidrocarburífero, garantizando que la implementación de herramientas de telemetría y monitoreo se realice bajo condiciones técnicas adecuadas y con altos estándares de confiabilidad para la gestión y fiscalización de la producción nacional.
Consulta aquí la Resolución ANH N° 0592 de 2026
Consulta aquí la Resolución ANH N° 0651 de 2025