Subsección 2.1 De la administración de los recursos del fondo de apoyo financiero para la energización de las zonas no interconectadas –FAZNI

ARTICULO 2.2.3.3.2.2,1.1.         Comité de Administración. El Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas -FAZNI-, tendrá un Comité de Administración (CAFAZNI), que estará integrado de la siguiente manera:

Por el Ministro de Minas y Energía, quien lo presidirá, o su delegado.
2. Por el Viceministro de Energía, o su delegado.
3. Por el Director de la UPME o su delegado.

En caso de delegación por parte del Ministro, el Comité será presidido por el Viceministro.

El Comité de Administración aprobará, objetará e impartirá instrucciones y recomendaciones sobre los planes, programas y/o proyectos que le hayan sido presentados para financiación con cargo a los recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas -FAZNI-.

Parágrafo. El   Comité   de   Administración   podrá   invitar   a   sus   reuniones   a funcionarios del Instituto de Planificación, y Promoción de Soluciones Energéticas -IPSE-, de la Unidad de Planeación Minero Energética -UPME- o de cualquier entidad que considere pertinente o necesario para analizar asuntos de su competencia.

(Decreto 1124 de 2008, art. 5º)